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La Audiencia de Barcelona amnistía cerca de 40 cargos del Govern de Puigdemont procesados por organizar el 1-O

El tribunal catalán incluye la prevaricación en el perdón y únicamente mantiene en juicio a los exjefes del Diplocat Rosa Clavell y Albert Royo

Presentación del modelo de urna para el 1-O. Desde la izquierda, Raül Romeva, Oriol Junqueras y Jordi Turull, el 29 de septiembre de 2017.

La Audiencia de Barcelona ha amnistiado a los cerca de 40 empresarios y ex altos cargos del Govern de Carles Puigdemont procesados por los preparativos del 1-O, así como al exconseller de Exteriores Raül Romeva en la causa en que estaba investigado por la promoción exterior del procés. “Debemos declarar amnistiables todos los delitos por los que se ha seguido esta causa en relación a los procesados”, recoge la sentencia, incluido el de malversación de caudales públicos, al que se opone el Tribunal Supremo. De los procesados en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, solo quedan fuera de la amnistía Rosa Clavell y Albert Royo, ex secretarios generales del consorcio público-privado Diplocat, pendientes de la resolución de una pieza separada.

En un auto avanzado por EFE y al que ha tenido este diario, la sección 21ª acuerda aplicar la amnistía a todos los investigados, tal y como solicitó la Fiscalía, y revoca la resolución de la juez instructora que acordaba dejarlos a un paso de juicio por su papel en la planificación del referéndum unilateral del 1-O.

Entre los beneficiarios de la medida solicitada por la Fiscalía se encuentran la expresidenta de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales Marta Llorach y los exdirectores de la televisión pública TV3 Vicent Sanchis y de la radio autonómica Catalunya Ràdio Saül Gordillo. Además, entre los del sottogoverno del Gobierno catalán se encuentran el exdirector de la delegación de la Generalitat ante la Unión Europea, Amadeu Altafaj y la exinterventora de la Generalitat, Rosa Vidal, entre muchos otros, como Jaume Clotet, Josep Ginesta o sc Sutrias.

El fallo no ve dudas en la aplicación de la Ley de Amnistía, dado que “todas y cada una de las actuaciones que conforman la base indiciaria” atribuida a los procesados e investigados “estaban dirigidas y orientadas a la consecución del proyecto independentista” y a la celebración del referéndum independentista que se acabó celebrando el 1 de octubre de 2017. Esa convocatoria “fue el punto final o la consumación de todo un proceso” iniciado, según la Audiencia, en marzo de 2015, con una hoja de ruta consensuada entre Convergència, ERC y las instituciones Òmnium Cultural, Assemblea Nacional Catalana y la Asociación de Municipios para la independencia, pero con una actuación desde el Gobierno catalán y la Generalitat.

La sentencia hace una extensa cronología de los hechos acontecidos durante ese tiempo y las “reiteradas advertencias” del Tribunal Constitucional ante las posibles alteraciones del “marco constitucional”. En ese proceso, asume la Audiencia, se tomaron medidas para preparar el referéndum, incluida su publicidad, con la utilización de recursos públicos. La Fiscalía solicitó que se perdonara también el delito de malversación, haciendo caso omiso de la opinión del Tribunal Supremo, que consideraba que gracias al uso de recursos públicos los procesados consiguieron un “beneficio personal de carácter patrimonial”.

En ese sentido, la Audiencia considera que, pese a existir una “voluntad malversadora”, esta procedía del “mandato diseñado por los del Govern”: “Su materialización tuvo lugar a través de muy diferentes y concretas actuaciones, por lo que en el plano en el que estas conductas se desarrollaron, no puede hablarse de un propósito de enriquecimiento”. Asimismo, considera respecto a algunos casos concretos que, respecto al uso de fondos europeos, debería realizarse un “examen extraprocesal”, lo que supone, con la información moverse “en el terreno de las conjeturas”.

Siguiendo la petición de la Fiscalía, la Audiencia de Barcelona ha decidido dejar fuera del perdón a Rosa Clavell y Albert Royo, trabajadores del Diplocat. Respecto a estos dos casos, la juez recuerda que aún está pendiente la resolución de la investigación sobre dos contratos que no tienen relación alguna con el procés. Uno es por un servicio de limpieza, “contraviniendo los principios más elementales de publicidad, transparencia, no discriminación e igualdad de trato que rige la contratación pública” y el otro de un servicio de auditoría “sin realizar consulta alguna a otros proveedores que pudieran llevar a cabo los servicios en cuestión”, por lo que considera que hay indicios de la “presunta comisión de un delito de prevaricación”.

El líder de ERC, Oriol Junqueras, celebró decisión de la Audiencia a través de las redes sociales. “Se hace justicia después de ocho años de sufrimiento”, apuntó en la red social X.

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